LA INSEGURIDAD JURÍDICA DE LOS MIEMBROS DE LA FUERZA PÚBLICA

No queremos que se nos procese de igual a igual, con quienes han conformado una organización criminal de carácter terrorista

La inseguridad jurídica de los miembros de la Fuerza Pública

No queremos que se nos procese de igual a igual, con quienes han conformado una organización criminal de carácter terrorista

BG. Jaime Ruiz Barrera
BG. Jaime Ruiz Barrera

Por Jaime Ruiz Barrera. Brigadier General (RA). Presidente de ACORE

Febrero 1 de 2016

El tema de la inseguridad jurídica de los miembros de la fuerza pública, es un hecho preocupante y evidente.

Dentro de las circunstancias actuales, se impone la urgente necesidad de proteger jurídicamente a los miembros de nuestras instituciones castrenses y policiales en los procesos penales que se adelantan y los que vendrán en el futuro inmediato, por causa o razón del conflicto armado que estamos enfrentando.

El régimen judicial que en este momento se nos aplica, no ofrece mayores garantías. Se nos juzga por violación a los derechos humanos, y no por las conductas propias del combate que tienen relación directa con el DIH.

En cuanto a la aplicación de la justicia transicional a los miembros de la fuerza pública, aun no hay suficiente claridad respecto a la conformación y selección de los magistrados que constituirían el llamado Tribunal para la Paz, y sobre otros items de difícil interpretación, dentro de este tipo de jurisdicción especial que se ha anunciado.

Tampoco encontramos mayor DIFERENCIACIÓN  respecto a los mecanismos que se aplicarían en la Jurisdicción Especial de Paz a militares y policías.

No queremos que se nos procese de igual a igual, con quienes han conformado una organización criminal de carácter terrorista, frente a quienes han portado las armas de la República en defensa legitima de sus instituciones y de la soberanía nacional. Hay que marcar la diferencia.

Somos conscientes de que el único blindaje posible de carácter jurídico, en las circunstancias actuales,  solo no lo ofrece este sistema de  Justicia Transicional, siempre y cuando sea avalado por las Cortes Internacionales de Justicia.

No esperamos indultos o amnistías que son inaplicables a quienes tienen la condición de agentes del Estado, y por tanto no pueden cometer delitos de carácter político.

Los militares privados de la libertad, la mayoría de las veces de manera injusta, están en el abandono (Foto Adriana Ochoa)
Los militares privados de la libertad, la mayoría de las veces de manera injusta, están en el abandono (Foto Adriana Ochoa)

Con la Fiscalía General de la Nación, en mesa de trabajo que mantenemos desde tiempo atrás, hemos propuesto otra figura diferente para delitos que no sean de lesa humanidad, genocidio o que tengan relación directa con el DIH.

Se trata de la suspensión de la pena y/o la renuncia a la persecución penal por parte del Estado.

Esto podría ser considerado como garantía procesal en los tramites penales que se adelanten por causa o razón de este conflicto armado.

Necesitamos seguridad jurídica para nuestros combatientes.

El fuero y la justicia penal militar y policial existente, no la proporciona adecuadamente.

La reforma constitucional tramitada y aprobada en la legislatura pasada en esta materia, ya ha sido nuevamente cuestionada por ciertos sectores de extrema izquierda radical y se anuncian otras demandas por supuestos vicios de constitucionalidad.

Se pretende hundirla una vez más, tal como ocurrió con la reforma anterior.

En términos generales, esta es la situación de inseguridad jurídica, que injustamente enfrentan nuestros militares y policías, para dar cumplimiento a la misión institucional que les corresponde.

Cualquier solución en tal sentido, será de muy buen recibo por parte de quienes en este momento, no solamente ofrendan sus vidas en defensa de la patria y de la seguridad ciudadana, sino también su propia libertad.

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