DAVID MURCIA GUZMAN: ¿DIFAMADOR O COBARDE?
Ricardo Puentes Melo 09/24/2026 0
David Murcia, ¿difamador, cobarde, o ambas?

Por Ricardo Puentes Melo
Septiembre 24 de 2026
@ricardopuentesm
En una carta que fue publicada el día de hoy, David Murcia Guzmán, el cerebro de DMG, se retracta de las acusaciones que hizo en febrero de 2026 contra Abelardo de la Espriella, entonces candidato presidencial en Colombia. Lo acusó de cobros indebidos, apropiación de dinero, ofrecimiento de sobornos a congresistas, favores a su familia, sabotaje de la defensa, robo de millones de dólares y otras barbaridades. Hoy dijo que eso “no corresponden a hechos reales” y atribuye esas declaraciones a su estado anímico golpeado debido a los muchos años de cárcel.
Pero confesó algo más deleznable: Que hizo todas acusaciones porque el presidente Gustavo Petro, mediante un contacto mutuo, le envió el ofrecimiento de ser gestor de paz, y sacarlo de la cárcel bajo esa figura de impunidad a cambio de que acusara a Abelardo de la Espriella de todo eso.
Primera pregunta que debe ser aclarada de inmediato: ¿Quién fue el mensajero de esa propuesta?
Lo que Murcia dijo en febrero no era solo “opinión”: eran imputaciones concretas de delitos y de deshonestidad profesional, hechas en un medio de gran audiencia, el de Daniel Coronell que prestó su plataforma para eso, contra una persona que corría para la presidencia de la República con muchas posibilidades de ganar (de hecho, ganó). Eso encaja en injuria y calumnia, y De la Espriella formuló querella por eso.




La retractación escrita ante la Fiscalía que hizo este tipo, sí tiene valor procesal en la querella que interpuso Abelardo de la Espriella, sobre todo -como es de suponer- el caso está en conciliación preprocesal:
- Puede servir para conciliar, atenuar o, en algunos escenarios de delitos contra el honor, facilitar el archivo o la extinción de la acción, según el momento y si la víctima la acepta.
- No borra automáticamente el hecho típico: la ofensa ya se consumó cuando las acusaciones se difundieron.
- Tampoco prueba, por sí sola, que De la Espriella sea inocente de todo. Prueba que el acusador ahora dice que mintió. Un juez no está obligado a creer ni la primera versión ni la segunda.
Hay tres problemas jurídicos serios con esta carta:
- El testigo es el mismo condenado por una estafa masiva. Su credibilidad ya era baja. Un cambio de versión tan radical, meses después y desde la cárcel, exige prueba independiente, no solo su firma.
- Introduce una nueva acusación política (inducción por gente cercana al gobierno de Petro a cambio de libertad). Esto es gravísimo ya que cualquier juez puede ver que, si esto es cierto, habría un intento de usar un preso para dañar a un candidato; si es falso, es otra calumnia.
- El proceso disciplinario previo ya se archivó por prescripción, no porque un juez hubiera declarado probada o desvirtuada la conducta profesional de De la Espriella.
En derecho, lo más limpio es esto: la retractación debilita la acusación original y favorece al querellante; pero no sustituye una investigación ni convierte a Murcia en fuente confiable.
Desde el punto de vista moral, el tema es más duro. Si la carta de Murcia dice la verdad, Murcia cometió un daño muy grave: usó acusaciones falsas de robo y corrupción para mancillar el honor de alguien, en plena campaña, y ahora admite que lo hizo por desesperación y por la promesa de un beneficio personal.
Eso es exactamente el tipo de falso testimonio que la tradición jurídica y moral considera especialmente grave: no una mentira privada, sino una imputación pública capaz de destruir totalmente la reputación de alguien.

Si bien retractarse es mejor que persistir, esto no repara del todo el daño ya causado. La disculpa tardía, condicionada y envuelta en autoexculpación (“es que yo estaba afectado”, “es que me lo plantearon desde el gobierno de Petro”) es un alivio rudimentario; es un pajazo jurídico.
A muchos no les gusta lo que dicen las Escrituras al respecto, y alegan que el derecho colombiano se basa en el derecho romano. Y tienen razón en eso.
Pero, como país creyente, los colombianos deben saber que la Biblia trata el falso testimonio como un pecado grave, tanto en lo moral como en lo jurídico. No se trata solo de “mentir”, sino mentir contra otra persona, especialmente en un contexto que puede destruirle la reputación, la libertad o la vida.
«No darás falso testimonio contra tu prójimo.» (Éxodo 20:16; Deuteronomio 5:20)
- No se debe difundir rumores ni apoyar acusaciones violentas o falsas (Éxodo 23:1).
- No se debe calumniar al prójimo (Levítico 19:16).
- «El testigo falso no quedará sin castigo, y el que habla mentiras no escapará» (Proverbios 19:5; también 19:9 y 21:28).
En el Nuevo Testamento, Jesús incluye este mandamiento entre los que hay que guardar (Mateo 19:18) y condena la calumnia y la mentira como obras perversas que salen del corazón (Mateo 15:19).
¿Por qué era tan grave?
En el Israel antiguo, bajo la teocracia, había varias razones, muy concretas, para castigar al calumniador y tratarlo como homicida:
El sistema de justicia dependía de los testigos.
No había policía forense ni cámaras. Un caso se decidía por el testimonio de dos o tres testigos (Deuteronomio 19:15). Un testigo falso podía condenar a un inocente.
- Podía costar la vida.
En delitos capitales (asesinato, idolatría, adulterio, etc.), el falso testimonio equivalía a intentar matar a alguien por medio de la ley. Por eso se consideraba casi tan grave como el homicidio. - Destruía la reputación y la comunidad.
Una calumnia podía arruinar el nombre, el matrimonio, el trabajo o la herencia de una persona. Dios exige amar al prójimo (Levítico 19:18); mentir contra él es lo contrario. - Atenta contra el carácter de Dios.
Dios no miente (Números 23:19). Su pueblo debía reflejar esa verdad. El falso testimonio deshonraba su nombre y corrompía la sociedad.
¿Qué castigo tenía?
La ley más explícita está en Deuteronomio 19:16-21: Si alguien se presentaba como testigo falso y los jueces comprobaban la mentira, se le aplicaba al mentiroso el mismo castigo que él quería para el acusado:
- Si buscaba que lo mataran → pena de muerte.
- Si buscaba que lo azotaran o mutilaran → el mismo daño.
- Principio: «vida por vida, ojo por ojo, diente por diente…»
El texto insiste: «no le tendrás piedad» y «quitarás el mal de en medio de ti», para que el pueblo temiera y no se atreviera a hacer lo mismo.
En resumen: el falso testimonio no era un pecadillo de lengua o una situación picaresca, era algo detestable a los ojos de Dios.
En el Antiguo Testamento era un crimen contra la justicia, contra el prójimo y contra Dios, y se castigaba con la misma pena que el acusado habría sufrido.
Léanse, como ejemplo, el caso de Nabot
Por mi parte, creo que David Murcia es deleznable y perverso. Ya sea que haya mentido por hundir a Abelardo a cambio de su libertad, o ya sea que esté mintiendo ahora para salvar su pellejo de las posibles retaliaciones de su víctima, que ahora es nada más ni nada menos que el presidente de la República de Colombia, con un porcentaje elevadísimo de aprobación a escasos 30 días de su mandato.
O Murcia es un difamador bellaco, o es un cobarde bellaco.
Y yo pidiéndole clemencia al presidente Abelardo, para que lo dejara en un centro de reclusión muy cómodo.
Que se vaya a la mierda.
