ESTADO DE DERECHO V/S ESTADO DE HECHO

Los delitos que la juez Jara y la Fiscal Buitrago cometieron, fueron invisibles para sus superiores. Sin tener que rendirle cuentas a nadie, ellas creyeron que podían sentarse sobre los códigos. No hubo tampoco un organismo que protegiera los derechos de la defensa

ESTADO DE DERECHO V/S ESTADO DE HECHO

Eduardo Mackenzie

Por Eduardo Mackenzie

Paris, 08 de septiembre de 2011

Sigue la guerra jurídica contra el coronel (r.) Alfonso Plazas Vega. El héroe del rescate del Palacio de Justicia (6 y 7 de noviembre de 1985), continúa siendo la víctima de un grupo de magistrados que no quiere admitir, por razones ideológicas, que él, ante las incontables ilegalidades cometidas en su proceso, tiene derecho a ser puesto en libertad.

El Tribunal Superior de Bogotá, de manera inadmisible, acaba de rechazar la solicitud de excarcelación por vencimiento de términos que había solicitado con toda razón el abogado defensor, Jaime Granados. Una vez más la ley colombiana, los tratados firmados por Colombia y la jurisprudencia internacional han sido violados por un sector del poder judicial para desfavorecer al coronel Plazas Vega.

La puesta en libertad solicitada es un trámite particular por irregularidades de procedimiento cometidas por el ente juzgador. No hay que confundirlo con la respuesta al recurso propiamente dicho de apelación interpuesto por el abogado contra la inicua sentencia que condenó, en primera instancia, al coronel Plazas a 30 años de prisión, el 9 de junio de 2010.

El TSB tenía quince días para resolver ese recurso. Pero no lo hizo. Ha pasado más de un año sin que ese recurso haya sido atendido, lo que viola de manera clara el artículo 201 del Código de Procedimiento Penal. “El tiempo que la ley procesal penal señala para la emisión de la sentencia de segunda instancia (15 días) ha sido ampliamente superado, sin explicación alguna”, explicó el doctor Granados en su memorial, pues “ha transcurrido más de un año sin que se haya proferido tal sentencia”. El célebre litigante reiteró: “Los derechos humanos, el bloque de constitucionalidad imperante en nuestro país, reclaman la inmediata concesión de la libertad al ciudadano Coronel (r.) Luis Alfonso Plazas Vega”.

Al no decretar la libertad de Plazas, el TSB se mostró sordo ante los argumentos de derecho. Tal decisión muestra una vez más que ese proceso, para desdicha de la democracia colombiana y de la imagen de Colombia en el exterior, es un monumento de arbitrariedad erigido y sostenido por pasiones políticas inconfesables. La ley procesal fue violada varias veces contra Plazas y de manera bochornosa. En 2008, para dar un ejemplo, la juez tenía seis meses para convocar la audiencia pública tras la acusación formal. No lo hizo sino ocho meses después. El coronel Plazas lleva más de cuatro años privado de la libertad.

Homenaje a los héroes y víctimas de los hechos del Palacio de Justicia

La gran paradoja de ese proceso es que, ante la cantidad de irregularidades cometidas, el gran derrotado no es el coronel Plazas, quien conserva intacta su dignidad, sino, por el contrario, quienes ordenaron su detención arbitraria y lo juzgaron en condiciones extravagantes. La derrota del binomio integrado por la fiscal Ángela María Buitrago y la juez María Stella Jara, quienes realizaron respectivamente la instrucción, primero, y el fallo, después, se transformó en una mancha del sistema judicial colombiano.

Las tres únicas pruebas que reunió la fiscal, acogidas y utilizadas por la juez para dictar su sentencia, resultaron ser no sólo deleznables, sino falsas e ilegales. No practicar las diligencias aprobadas, suplantar un testigo, inventar revelaciones que nunca existieron, fabricar falsos testimonios, permitir que un secuestrador y terrorista amnistiado orientara la investigación a su antojo, ocultar cadáveres en una universidad, en la Fiscalía, y en Medicina Legal, para crear el fantasma de los once “desaparecidos”, para atribuírselos a un militar inocente, y valorar, finalmente, al Ejército de Colombia como una “estructura (ilegal) organizada de poder”, hace parte de las monstruosidades que cometieron esas dos señoras. ¿Hasta cuando el TSB seguirá ciego y mudo ante tal cinismo y tal barbarie? ¿No ha durado demasiado esa triste comedia?

Lo que ocurrió en ese proceso es tan grave que el mismo sistema acusatorio colombiano sale perjudicado. El abuso de la detención preventiva y la forma semi secreta como se instruye y se falla en el campo penal colombiano escandalizan a todo jurista imparcial, nacional y extranjero.

Los abusos cometidos por la fiscal y por la juez no fueron detectados por la jerarquía. Los delitos que ellas cometieron fueron invisibles para sus superiores. Sin tener que rendirle cuentas a nadie, la fiscal y la juez creyeron que podían sentarse sobre los códigos. No hubo tampoco un organismo que protegiera los derechos de la defensa. Ni siquiera los reparos de derecho formulados oportunamente por la Procuraduría General de la Nación fueron oídos. Ese proceso penal fue transformado así en un Frankestein judicial que hace dudar a muchos sobre si en Colombia existe todavía un Estado de derecho.

Ha llegado la hora de sancionar esas injusticias y de derogar el sistema penal que hizo posible todo eso.

Otros países democráticos, como Francia, abolieron la figura del juez de instrucción, como funcionario omnímodo, individual, que obra como rueda suelta, en vista de los errores judiciales que eso generó. ¿Colombia tendrá el valor de hacer lo mismo?

¿Seguiremos tolerando que un fiscal omnímodo instruya solamente a cargo y repudie las pruebas que disculpan al justiciable?  El sistema anti-garantista actual fracasó ante el caso Plazas Vega. Ese proceso mostró los abismos de una justicia politizada capaz de llegar a los peores excesos para humillar y destruir a los mejores ciudadanos.

La instrucción no debe seguir siendo lo que es hoy: el acto de un funcionario escondido, aislado, suelto, obnubilado por ideas de venganza, sin vigilancia real de su jerarquía. En la reforma de la justicia colombiana que se ventilan en alguna parte sin que la prensa rinda cuenta de lo que está en juego, sin que ésta se entere jamás de los detalles, pues ni los conoce ni los busca, el problema del fiscal instructor- predador solitario, no aparece siquiera.

Tampoco se discute el problema de quien debe decidir si el justiciable es culpable o no. Colombia es un país donde esa crucial decisión la toma un individuo. Ese tema es uno de los mayores problemas de la justicia colombiana.

En las grandes democracias quien decide sobre la culpabilidad o inocencia del acusado es un jurado, una entidad compuesta por ciudadanos. En Estados Unidos el gran jurado decide si el justiciable merece ser objeto de un proceso. En Colombia esa decisión grave recae de hecho, en un juez y, en teoría, en una sala penal. Es un sistema anticuado y autoritario que ha mostrado tener grandes inconvenientes.

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