¿UN 20 DE JULIO SIN TE DEUM?
No es admisible decir que, como Colombia debe respetar los cultos religiosos, hay que acabar con los cultos de la principal religión de Colombia
¿Un 20 de julio sin Te Deum?
No es admisible decir que, como Colombia debe respetar los cultos religiosos, hay que acabar con los cultos de la principal religión de Colombia
Por Eduardo Mackenzie
12 de septiembre de 2016
No habrá el tradicional Te Deum en la catedral primada de Colombia el próximo 20 de julio. Al Consejo de Estado se le antojó prohibirlo. Este 8 de septiembre, la prensa bogotana le dedicó unas cortas líneas a ese tema, sin profundizar al respecto. Entramos en la fase ignominiosa en que las autoridades públicas, comenzando por el jefe de Estado, obran como “se les dá la gana”. ¿Por eso la prensa nada tiene que investigar ni comentar al respecto? Como sea, si la prensa traga entero semejantes culebras, corresponde a los ciudadanos tomar la palabra. Hay que cuestionar esa estrafalaria “suspensión provisional”. Pues ésta es puro autoritarismo y atropello. Y lo que está en juego no es sólo el Te Deum del 20 de julio.La decisión del Consejo de Estado aparece, precisamente, cuando Colombia está embarcada en un debate decisivo sobre la escandalosa capitulación de Santos ante las Farc, el famoso texto de 297 páginas, y la forma de rechazar la entrega del país a las FARC en el plebiscito del 2 de octubre. Pero no podemos dejar que una enormidad como la que acabada de lanzar el CE pase desapercibida.
No es cierto que la Constitución pueda ser invocada para prohibir una ceremonia del culto católico.
Con el Te Deum del 20 de julio comienzan los actos oficiales de esa fecha patria. ¿Tendría que ser abandonado pues los sabios del CE estiman que esa ceremonia “va contra la Constitución”? Tal argumento es inadmisible y no descansa sobre nada. Es una interpretación abusiva del artículo 19 de la Constitución Nacional. ¿Por qué el Consejo de Estado descubre ese asunto 25 años después de que la Constitución de 1991 entrara en vigencia? ¿Por qué no se pronunció en 1991 contra el decreto de 1982 que fijó el protocolo de los actos del 20 de julio? Respuesta: Porque no podía. Porque el Consejo de Estado de esa época sabía hasta donde podía ir.
Perdonen, pero el planteamiento del actual Consejo de Estado es grotesco. Lean bien lo que dice ese organismo: “Se advierte de manera preliminar desconocimiento de los principios de Estado laico, pluralismo religioso, deber de neutralidad e igualdad de todas las confesiones ante la ley, sin que se vislumbre que el trato preferencial a la Iglesia Católica aparezca justificado en los criterios a que se han hecho alusión”. Esa frase, citada por una radio bogotana, es una amalgama de errores.
¿Colombia es un Estado laico? Desafío a esos magistrados a que me digan dónde figura eso del “Estado laico” en la Constitución nacional. Nuestra constitución no dice eso. En ninguna parte. Lo del “Estado laico” es sólo una creencia caprichosa de algunos, una aserción que nace de la voluntad de ciertos grupos de imponer de contrabando (envolviendo eso en argumentos jurídicos) un modelo distinto al vigente en Colombia.
Para que el Estado sea “laico” la Constitución debe decirlo. La Constitución de Francia lo dice: “Francia es una República indivisible, laica, democrática y social (…)”. La Constitución colombiana no dice eso. La Constitución de Francia no rige en Colombia. Es lo que olvidan los señores del Consejo de Estado. Es cierto que el Conseil d’Etat ejerce gran influencia sobre el Consejo de Estado colombiano (ambos son de los más antiguos del mundo). Pero no es para tanto. Luego es una mentira, un abuso, decir que Colombia es un “Estado laico”.
El artículo 19 de la Constitución dice tres cosas muy precisas: que Colombia “garantiza la libertad de cultos”, que toda persona “tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva”; que “todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley”. En ninguna parte dice que Colombia es un “Estado laico”. Hay otros artículos sobre la libertad de consciencia y la libertad de expresión, pero sobre libertad religiosa solo tenemos esos tres puntos del artículo 19 y no más. Aparte del artículo 1 de la Constitución donde se define qué tipo de Estado tiene Colombia. Y allí no dice que ese Estado es “laico”. Si fuera laico los matrimonios religiosos no tendrían efectos civiles, como sí los tiene en Colombia “en los términos que establezca la ley”, según el artículo 42 de la CN.
Ante la falta de una norma de derecho positivo, el CE apela a un presunto “principio” de “neutralidad e igualdad de todas las confesiones ante la ley” que un demandante invocó. Es asombroso que la Sección Primera del CE haya cedido ante ese subterfugio. El CE no puede invocar ni aceptar “principios” si éstos no son mencionados expresamente en la Constitución. La CN no dice que todas las religiones son iguales en general, dice otra cosa: que “son igualmente libres ante la ley”. Lo que prima en esta frase es el principio de libertad, no el principio de igualdad en general. Las religiones, todas, son libres en Colombia, pero no son iguales. Y no lo son pues no lo pueden ser.
Esa ofensiva del CE contra la Iglesia católica tiene un objetivo: tratar de meter de contrabando la teoría de la paridad de religiones, como ciertas tendencias lo están haciendo en otros países. ¿Todas las religiones son iguales? ¿Son paritarias? Son iguales ante la ley, pero ellas no son iguales ante la historia de Colombia, ante la memoria nacional, ante la conciencia colectiva. Nuestro país ha sido construido durante 500 años y en esa construcción –política, social, psicológica y religiosa–, participó de manera directa y decisiva una religión, la católica, la cual estuvo acompañada, desde el comienzo, por otras dos religiones: la protestante y la judía. Esa es nuestra realidad histórica.
Y nuestra realidad jurídica, pues las relaciones de la Iglesia católica revisten en Colombia un carácter jurídico, en vista de la calidad de persona de derecho internacional que le es reconocido a la Santa Sede. Entre Colombia y el Vaticano hay unas relaciones diplomáticas. Colombia está representada ante el Vaticano por un embajador. Y el Vaticano es representado en Bogotá por un Nuncio Apostólico. El protestantismo y el judaísmo gozan también un estatuto jurídico.
Luego no puede haber paridad entre esas tres las religiones y las más recientes que llegaron al país. Estas últimas (budismo, taoísmo, hinduismo e islam) tienen también garantías de libertad y de igualdad ante la ley, pero sería absurdo pedir la “neutralización” de la religión católica (para emplear el duro vocablo utilizado por el CE), pedir la restricción de su culto y de sus ceremonias tradicionales, por el solo hecho de que existen otras religiones que podrían sentirse ofendidas por las prácticas religiosas legítimas de los católicos.
Es verdad que un fallo de la Corte Constitucional declaró inconstitucional, en 1994, toda referencia del gobierno a una caracterización religiosa del país. Pero eso no borra el hecho de que hay una tradición cristiana profundamente anclada en la vida real de Colombia. Una interpretación rigorista de esa sentencia tendría que abolir el descanso dominical (de origen cristiano) y los días de fiesta religiosa legalmente reconocidos. Y a romper unilateralmente con el Vaticano, etc. ¿Alguien está tentado en el CE de llegar a los excesos de un gobierno mexicano, durante la dictadura de Calles?
No es admisible decir que, como Colombia debe respetar los cultos religiosos, hay que acabar con los cultos de la principal religión de Colombia. Es un contrasentido. Eso sería una violación de la norma sobre libertad de cultos y una tentativa de intervención y control del Estado sobre la Iglesia católica. El “argumento” de que ningún culto “puede estar por encima de otros” no es pertinente. La práctica legitima de un culto no puede ser vista como un abuso tácito respecto de los otros, salvo si una religión trata de impedirle a otra profesar libremente su culto. Ese no es el caso de Colombia. En Colombia los católicos, los protestantes y los judíos no le impiden a nadie practicar otra religión.
Quien hace eso son, precisamente, las bandas armadas marxistas, sobre todo las Farc y el Eln. Esas organizaciones terroristas, y unas bandas paramilitares, han tratado, desde los años 60, de impedir la vida religiosa de las personas. Han expulsado sacerdotes católicos y ministros protestantes de numerosas regiones, utilizando las amenazas de muerte y hasta el atentado individual. La masacre de Bojayá, donde las Farc dispararon contra una iglesia donde habían encontrado refugio los habitantes de ese caserío, matando a 119 personas, no fue un “error” sino el desarrollo de una línea de cobardes agresiones antirreligiosas.
Da mucho que pensar la decisión del CE contra el Te Deum del 20 de julio. Con ese mismo argumento de la paridad religiosa, el CE podrá emprenderla más tarde contra las demás actos de religión de los católicos. De cierta manera, el CE se anticipa a lo que quieren hacer las Farc en Colombia: cambiar la identidad de la nación, barrer del país las religiones, como hicieron todas las dictaduras comunistas.
La lógica del Consejo de Estado deja mucho que desear. ¿No fue ese organismo el que quiso quitarle, en 2009, a las Fuerzas Militares el 76% de sus combatientes y el 40% de la Armada? ¿No fue el CE quien impuso la extraña doctrina de que las atrocidades y destrucciones causadas por las Farc se deben a la “negligencia” del Estado colombiano y que éste debe pagar por eso?
El Consejo de Estado se acaba de distinguir con otra bella decisión: que la reelección del Procurador General era ilegal. Fue un fallo político ordenado por Santos para deshacerse del Procurador Alejandro Ordóñez, un alto funcionario que denuncia los errores y abusos de Santos contra el derecho y contra las instituciones y que critica con fuerza los resultados de las negociaciones de La Habana.
El Consejo de Estado le está haciendo daño a Colombia. Sus actuaciones agravaron la crisis del Estado de derecho y la crisis judicial del país. La decisión de la semana pasada agrava su caso al crear, quiéralo o no, un clima detestable entre el Estado y las religiones en Colombia. La prueba es la respuesta que le dio Monseñor Luis Castro, presidente de la Conferencia Episcopal: “Si el Consejo de Estado dice que el presidente no puede ir al Te Deum el 20 de julio en calidad de presidente, que no vaya, pero muchos presidentes han ido y no han ido en calidad de mandatarios, sino a dar gracias a Dios”. El arzobispo ratificó que la Iglesia continuará realizando esa ceremonia pues “estos actos no los pueden prohibir”. ¿A qué está jugando el Consejo de Estado?
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